Error, semántica y derechos
En la imagen: Si la gente no acciona, las paredes hablan, así se ha visto una serie de graffitis por diversos puntos de Santo Domingo. ©Junior Hernández La Real Academia de la Lengua Española define la palabra « error » en términos de Derecho como «Vicio del consentimiento causado por equivocación de buena fe, que anula el acto jurídico si afecta a lo esencial de él o de su objetivo». «Un error lo comete cualquiera» ha dicho por ahí alguna vez un conocido, o quizás nosotros mismos, porque «errar es de humanos». ¿Pero cómo se puede calificar como error la aprobación por 140 miembros de la Asamblea Revisora y un rechazo de solo 25 miembros, enmiendas que eliminan derechos a los «ciudadanos de a pie»?
Junior Hernández